Convocatoria Proyectos de Compras Públicas Innovadoras


La Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (Agencia I+D+i), a través del Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC), convoca a la presentación de proyectos que ofrezcan soluciones innovadoras pre comerciales a problemas o necesidades de promotores públicos y que puedan mejorar la eficacia y la eficiencia de los bienes o servicios que estos últimos proveen.

En una definición amplia, las compras públicas innovadoras (CPI) consisten en un procedimiento administrativo de contratación, por el cual el comprador público puede licitar la contratación de un producto o servicio: (a) por sus especificidades funcionales; (b) que no existen en el mercado y (c) para lo cual es necesario desarrollar actividades de I+D+i. En este sentido, la compra pública de innovación es un mecanismo por el cual el Estado licita la contratación de un producto o servicio que tiene características específicas, que no existen en el mercado y que requieren desarrollar actividades de investigación, desarrollo e innovación.

Existen dos tipos de CPI:

  • CPI Pre comercial: el Estado compra servicios de investigación y desarrollo (I+D), es decir, un nuevo conocimiento que permita evaluar el desarrollo de un nuevo producto o bien (prototipo) para implementar una nueva política o mejorar la calidad y la efectividad de la provisión de servicios públicos.

 

  • CPI Comercial: el Estado compra productos o servicios innovadores (que no existen en el momento de la compra pero que pueden desarrollarse en un tiempo razonable) que mejoran la calidad y la efectividad de la provisión de servicios públicos.

 

OBJETIVO

El objetivo de esta ventanilla piloto es promover proyectos que ofrezcan soluciones innovadoras pre comerciales a problemas o necesidades de promotores públicos y que puedan mejorar la eficacia y la eficiencia de los bienes o servicios que estos últimos proveen. Se busca impulsar tanto la canalización de ideas desde los posibles prestadores de soluciones innovadoras hacia los posibles compradores públicos de soluciones innovadoras, como la identificación y comunicación de las necesidades de los compradores públicos a la industria correspondiente con el objeto de brindar una oportunidad para probar nuevas soluciones estimulando la innovación de dichas empresas.

 

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios empresas nacionales privadas, siempre que no mantengan relaciones de vinculación y/o control con grupos Económicos nacionales o extranjeros, conforme lo establecido por el art.33 de la Ley De Sociedades Comerciales. También podrán solicitar el beneficio asociaciones público-privadas conformados entre empresas nacionales privadas que cumplan con el requisito descripto precedentemente junto a instituciones de ciencia y tecnología públicas o privadas sin fines de lucro. Todos los solicitantes del beneficio deberán contar con domicilio fiscal y legal en la República Argentina y demostrar capacidades productivas y/o de investigación y desarrollo localizadas dentro del país.

Las empresas o asociaciones público-privadas solicitantes deberán presentar, al menos, una nota firmada por una autoridad superior del promotor público de los productos o servicios propuestos.

Se entiende por promotor público al Estado, institución o empresa pública que define y ejecuta la compra del producto o servicio.

Los promotores públicos podrán ser: Estado nacional, provincial, municipal, empresas estatales y/o empresas con participación estatal mayoritaria, organismos descentralizados. Los promotores públicos no podrán ser beneficiarios del proyecto, esto es, no podrán recibir subsidio ni podrán aportar contraparte.

A los fines de la presente ventanilla, no podrán ser promotores las Universidades públicas, aunque podrán postularse de manera consorciada como solicitantes del beneficio para el desarrollo de soluciones junto a una o más empresas privadas que cumplan las condiciones descriptas en este apartado.

A los fines de la presente ventanilla, no podrán ser promotores los Fondos Fiduciarios.

 

FINANCIACIÓN Y PLAZO DE EJECUCIÓN

La AGENCIA I+D+i financiará hasta el 65% del total del proyecto y un monto máximo de $40.000.000 en concepto de Aportes No Reembolsables (ANR), debiendo las empresas e instituciones de I+D beneficiarias, tanto para el tipo de presentación individual como asociativa, aportar como contraparte el 35% de los fondos necesarios para implementar el mismo.

El promotor público podrá aportar contraparte adicional al proyecto. La misma se contabilizará por fuera del costo total del proyecto (es decir, 65% ANR + 35% contraparte obligatoria para los beneficiarios).

El plazo máximo de aplicación de los recursos será de 18 meses.

PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

1) Leer las bases de la presente convocatoria y descargar todos los formularios.

2) Completar todos los formularios requeridos en el punto 6 de las bases y reunir toda la documentación de los beneficiarios según corresponda.

3) Cargar el proyecto y adjuntar toda la documentación a presentar (formularios, documentación respaldatoria, documentación anexa, etc) en el Sistema de Gestión de Proyectos (SGP: http://sgp.mincyt.gob.ar/SGP/Seguridad/Login.aspx) y descargar el reporte que se genera al finalizar la carga.

 

CONSULTAS

Contacto: fonarsec@mincyt.gob.ar